“850.000 personas adhirieron a un recurso de amparo presentado este martes ante la Justicia Federal de La Pampa con el objetivo de revertir la reforma a la Ley de Glaciares . La acción fue presentada por varias organizaciones socioambientales. Solicitaron la aplicación de una medida cautelar para suspender la aplicación de la nueva ley en todo el territorio nacional. Según informaron, buscan que el texto original vuelva a estar vigente hasta que se resuelva la cuestión de fondo. La lista de solicitantes del amparo está encabezada por Greenpeace Argentina , Fundación Ambiente y Recursos Naturales y la Asociación de Abogados/as . No obstante, también se sumaron representantes de Amnistía Internacional, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el Centro Argentino de Políticas Ambientales (CEPA) y una multiplicidad de asambleas y multisectoriales ambientales del país. Esta medida tiene lugar menos de un mes después de la sanción de la reforma de la ley, con 137 votos afirmativos en la Cámara Baja. De acuerdo con los solicitantes, eligieron presentar el recurso en La Pampa porque esta es una de las provincias que se encuentra “directamente afectada por la modificación”. “La Pampa recibe agua de cuencas que nacen en las provincias de San Juan y Mendoza, donde proyectos mineros se disputan áreas glaciares y periglaciales para desarrollar su actividad”, explicaron fuentes de las organizaciones firmantes a LA NACION. ¿Qué modificó la nueva ley? La reforma, que fue propuesta por el gobierno de Javier Milei, sustituye los artículos 1°, 3°, 5°, 6°, 7° y 8° de la Ley 26.639 de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial , e incorpora un art. 3° bis. Entre los principales cambios, la modificación establece, primero, que las provincias serán la autoridad de aplicación final para proteger glaciares y los ambientes periglaciares , “con objeto de preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos y como proveedores de agua para la recarga de cuencas”. La versión original planteaba que era el Gobierno nacional el encargado de hacer cumplir esta ley de presupuestos mínimos en coordinación con las provincias, y que el encargado de delimitar las zonas de protección era el Instituto de Nivología y Glaciología (Ianigla) , un organismo científico-técnico dedicado al estudio de la criósfera. La reforma también introdujo un criterio según el cual los glaciares o el ambiente periglacial serán protegidos “hasta tanto” la provincia verifique la inexistencia de funciones de reserva estratégica . Así, cada jurisdicción definiría qué es relevante en términos hídricos y debería comunicarlo al Ianigla para retirar el sitio de interés del inventario de sectores protegidos. De no hacerlo, podría autorizar actividades en esas zonas sobre la base de estudios propios. Si bien no está explicitado en el texto del proyecto, la intención de esta modificación apunta a flexibilizar partes de la zona periglacial , según lo manifestaron tanto quienes apoyan como quienes se oponen al proyecto. Tanto el Gobierno como representantes de las compañías mineras argumentaron que la ley original impedía el desarrollo del sector minero en el país . Este es uno de los más apoyados por la administración libertaria. En particular, los llamados minerales críticos son de especial interés global y han puesto a la Argentina en el foco internacional. En noviembre pasado, el gobierno nacional firmó un acuerdo con Estados Unidos que sugiere un interés creciente en los minerales críticos argentinos. ¿Por qué sería inconstitucional? De acuerdo con las organizaciones socioambientales, los cambios más preocupantes son aquellos “que habilitan actividades en zonas antes protegidas, introducen criterios ambiguos como ‘alteración relevante’, permiten excluir áreas del Inventario Nacional de Glaciares según la ‘función hídrica’ de los glaciares y del ambiente periglacial y trasladan a las provincias la decisión de qué queda protegido y qué no”, describieron en un comunicado, y agregaron: “ Esto debilita el carácter uniforme de la ley y abre la puerta a actividades extractivas en zonas críticas”. Desde el Ianigla advirtieron a LA NACION a inicios de año que la medida le restaría institucionalidad al organismo al habilitar criterios provinciales sin una base común. Andrés Nápoli, director ejecutivo de Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), sostuvo que se desvirtúa el carácter de presupuestos mínimos de la ley. En enero, 85 constitucionalistas enviaron una carta a la presidencia del Senado en la que alertaron que la reforma sería regresiva al reducir protecciones vigentes y vulnerar el sistema de presupuestos mínimos del artículo 41 de la Constitución Nacional. De acuerdo con las organizaciones demandantes, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ya ratificó por unanimidad, en 2019, que la Ley de Glaciares es constitucional, ante una medida judicial impulsada entonces por la minera canadiense Barrick Gold . Los jueces dictaminaron que el dominio provincial sobre los recursos no permite perforar el piso de protección federal. ¿Qué se detendría? Un relevamiento reciente de LA NACION, con datos oficiales, indicó que, de los 325 proyectos mineros en carpeta, siete se verían beneficiados de inmediato con la reforma . Tres de ellos están en procesos avanzados y cercanos a la etapa de explotación, casi exclusivamente de cobre. Se trata de explotaciones que operarían en áreas que estaban protegidas por la Ley Nacional de Glaciares (26.639) original, ya que se instalarían muy cerca o directamente sobre cuerpos de hielo. https://especialess3.lanacion.com.ar/strapi/glaciares_c09cc92813.png ¿Por qué es tan importante? De acuerdo con información del Ianigla, todo el sistema de glaciares, que se compone de poco menos de 7000 geoformas, abastece de agua de manera directa a más de siete millones de personas, que r epresentan el 18% de la población argentina , una cifra que equivale a más del doble de la población de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. No existe una valoración individual de los aportes hídricos de cada cuerpo de hielo; sin embargo, desde la institución aseguraron que, en un contexto de cambio climático, cada gota cuenta. Entre los opositores a la reforma sancionada por el Congreso Nacional, siempre se destacó el conflicto histórico entre Mendoza y La Pampa por el río Atuel . Este caudal cruza ambas provincias. El río nutría a ambas jurisdicciones; sin embargo, desde la mitad del siglo pasado, el caudal se redujo debido al consumo intensivo de agua para la industria vinícola mendocina y a la construcción de la represa Los Nihuiles en la misma provincia. Desde 1978, La Pampa interpuso dos demandas ante la Corte Suprema de la Nación , una de las cuales permanece abierta.
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